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GOBIERNO REGIONAL PUNOJr. José Antonio Encinas N° 145-165
g'JU?W, 0'1 de cO~ cU20d.Visto: El expediente remitido con OFICIO N° 1486-2017DIRESA-PUNO-RED-S-SR/DE, solicitud de permutade los servidores doña: Mercedes del Pilar ESCOBAR VILLANUEVA, y doña: Daria YANA LAURA, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones delSector Publico, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, en el Capitulo VII DE LAASIGNACION DE FUNCIONES Y EL DESPLAZAMIENTO, precisa: "Artículo 81,-La permuta consiste en eldesplazamiento simultáneo entre dos servidores, por acuerdo mutuo, pertenecientes a un mismo grupoocupacional y nivel de carrera y provenientes de entidades distintas, Los servidores deberán contar con lamisma especialidad o realizar funciones en cargos compatibles o similares en sus respectivas entidades; paracasos distintos a los señalados se requiere necesariamente la conformidad previa de ambas entidades,concordante con la Resolución Directoral N° 419-92-SA-P, que aprueba los Manuales Normativos dePersonal;
, Que, de acuerdo al documento de vistos, y contando con opiniones favorables de los lugares de Origen y/frJ'IO DE: IS:.~, Destino los TAPS, Mercedes del Pilar ESCOBAR VllLANUEVA, servidor de la Región de Salud Puno, Red¡tj $'; ~ .~;;~.de Salud San Román, Hospital "Carlos MONGE MEDRANO", y doña: Daria YANA lAURA, servidora de la!I~C]'.~;.' :'\ y~\ Di,rección Regional de, Salud Cusco, Uni,dad Ejecutora 408, HO,spital de ,E,spinar am~?s pert~n~cie~tes al~~-:>~;.' .~./ , '",1 mismo Gr~po Ocupacional Obstetra y Nivel de Carrera N-I, q~lenes ~oh~l~an la Acción Administrativa de,\,>' ;: ' :' ',/ desplazamiento de Personal a traves de PERMUTA.' en estricta aplicación del D.L 276, su reglamento
~C::· ~'--/ aprobado por D.S, 005-90-PCM, y el Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP "DESPLAZAMIENTO'-- DE PERSONAL" APROBADO POR Resolución Directoral N° 013-92-INAP/DNP;
Que, mediante OFICIO N° 1486-2017DIRESA-PUNO-RED-S-SR/DE, de fecha 11 de setiembre del 2017,emitido por la Dirección de la Red de Salud San Román, remiten la documentación sustentatoria de losinteresados; Formulario de Acción de Personal, Informe Escalafonario, Informe Remunerativo, y otrosdocumentos que autorizan dicho desplazamiento, los que se encuentran conforme y corroborados medianteel Informe Técnico N" 012-2017-USRE-OERRHH/DIRESA-PUNO, y la respectiva autorización para laformulación del acto resolutivo, por lo que corresponde atender dicho pedido;
Que, los servidores antes mencionados cuentan con la documentación exigida por los dispositivos antesreferidos para poder ejercer su derecho contando con los mismos cargos y niveles remunerativos;
Que, de conformidad con la Ley N° 27783 Ley de Bases de Descentralización, modificada por Ley N° 28379;Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada y complementada por Leyes 27902, 28013,28161,28926,28968 Y 29053; Resolución Ministerial N° 405 - 2005/MINSA, que reconoce a las DireccionesRegionales de Salud como única autoridad en Salud en cada Región y en uso de las atribuciones conferidaspor la Ordenanza Regional N° 012-2014-GRP-CRP, que aprueba la modificación del Reglamento deOrganización y Funciones y la estructura funcional de la Dirección Regional de Salud de Puno;
Estando a lo informado y con el visto bueno del Director de la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos de laentidad;
SE RESUELVE:
ARTíCULO 1°._ PERMUTAR, a partir de la fecha de la presente resolución, en sus respectivos cargos yplazas de origen, a los servidores de los Establecimientos de Salud que a continuación se detallan:
DIRECCION REGIONAL DE SALUD PUNO-RED DE SALUD SAN ROMAN-HOSPITAl "CARLOS MONGEMEDRANO" DE JULlACA.
APELLIDOS y NOMBRESPLAZA Y NIVEL
ESCOBAR VILLANUEVA, Mercedes del Pilar.Obstetra
1/ ..
NIVEL REMUNERATIVO N-ISECTOR 25 Regiones.PLIEGO 458 Gobierno Regional Puno.UNIDAD EJECUTORA 403 Dirección Regional Salud. Puno- Red de Salud San Román.
DIRECCION REGIONAL DE SALUD cUSCa-UNIDAD EJECUTaRA 408 HOSPITAL DE ESPINAR
APELLIDOS Y NOMBRES YANA LAURA, Daria.PLAZA y NIVEL Obstetra.NIVEL REMUNERATIVO N-I.SECTOR 25 Regiones.PLIEGO 446 Gobierno Regional Cusco.UNIDAD EJECUTORA 408 Hospital de Espinar.
ARTICULO 2°._ Los citados servidores percibirán sus Remuneraciones que por Ley les corresponde en sulugar de destino.
ARTICULO 3°._ La Unidad de Recursos Humanos de Origen bajo responsabilidad remitirá a su homóloga dedestino, el detalle analitico de las remuneraciones percibidas por todos los conceptos de los servidores asícomo el record de Licencias y Permisos concedidos dentro del ciclo de los últimos doce meses.
ARTICULO 4°._ DISPONER que la presente resolución se publique en la página web de la entidad.
ARTíCULO 5°._ TRANSCRIBIR Y NOTIFICAR, la presente resolución al interesado y a las instanciasadministrativas correspondientes.
REGISTRES E, COMUNIQUESE y CUMPlASE .
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