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LA OMC Y SUS CONFERENCIAS MINISTERIALES Miguel Angel Díaz Mier, Profesor Titular de Universidad Departamento de Estadística, Estructura Económica y Organización Económica Internacional de la Universidad de Alcalá. Andrea Caviedes Conde, Doctoranda del Programa de Economía Aplicada.

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LA OMC Y SUS CONFERENCIAS MINISTERIALES

Miguel Angel Díaz Mier, Profesor Titular de Universidad Departamento de Estadística, Estructura Económica y Organización Económica Internacional de la Universidad de Alcalá.

Andrea Caviedes Conde, Doctoranda del Programa de Economía Aplicada.

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Resumen: el trabajo, basado en los resultados oficiales de las Conferencias

Ministeriales que la Organización Mundial del Comercio ha celebrado desde 1996, presenta desde diversas perspectivas el contenido y el significado de las seis Conferencias que hasta hoy (2005) han tenido lugar. Si bien posiblemente algunas de ellas fueron más destacadas en su momento por los medios de comunicación (recuérdese la presencia en la de Seattle de los movimientos antiglobalización), el conjunto de cuestiones suscitadas en las reuniones resulta significativo respecto al cumplimiento de los objetivos de la institución.

Palabras clave: OMC, Conferencias bienales, programas de trabajo, cuestiones de política comercial.

Introducción

El nacimiento y desarrollo de la OMC y de sus actividades ha sido considerado –y se sigue considerando- desde perspectivas e intereses bien diversos. En nuestra opinión, el motivo principal para ello sería que la evaluación de la multitud de cuestiones que tienen que ver, en grados muy diversos, con la regulación de las relaciones internacionales en el mundo contemporáneo tropieza inevitablemente con una gran variedad de situaciones de países, de sectores económicos, de instrumentos y objetivos de políticas nacionales, especialmente las económicas, entre otros factores. Somos concientes de ello y también de las restricciones de espacio para tratar con amplitud el enfoque elegido para tratar de la OMC. Buscamos sencillamente, como indica el título, realizar una descripción crítica de la OMC por medio del análisis de las Conferencias Ministeriales que dicha institución ha celebrado desde la fecha de su creación (enero de 1995) en que se pone en marcha el edificio creado meses antes por el Tratado de Marraquech. Un indicador de la amplitud y alcance de los temas involucrados en las tareas que lleva a cabo la OMC viene proporcionado por la gran cantidad de obras generales y específicas sobre las mismas. En buen número de casos se aborda el conjunto de los temas con una perspectiva técnica y con un conocimiento suficiente de la práctica y sobre todo de la documentación que se ha generado en sus actividades. A modo de ejemplo, puesto que renunciaremos en este trabajo a la práctica de utilizar notas bibliográfícas, cabe citar una media docena de volúmenes de interés. Así, la obra de Trebilcock y Howse “The Regulation of Internacional Trade”; la de Hoekman y Kostecki “The Political Economy of The World Trading System”; la de Juillard y Carreau “Droit International économique”; la de Matsushita, Schoenbaum y Mawoidis “The World Trade Organization: Practice and Policy”; la de E. McGovern “Internacional Trade Regulation” y especialmente la monumental “The World Trade Organization: Legal, Economic and Political Analysis” coordinada por Macrory, Appleton y Plummer constituyen textos significativos a considerar en el estudio de la OMC. Ahora bien, una mínima neutralidad nos obliga también a tener en consideración otros textos en los que parecen primar intereses muy diversos y bien legítimos que muestran diversos aspectos criticables de la OMC. Caben aquí diversos trabajos de S. George, M. Khor, L. Das y de un considerable etcétera. No cabe olvidar que, como veremos, en una de las Conferencias Ministeriales de la OMC (Seattle, 1999) se registró una de las primeras manifestaciones públicas de movimientos antiglobalización como

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expresión de posiciones contrarias a las versiones oficiales de las actividades de esa forma de cooperación intergubernamental (no olvidemos este carácter) que es la OMC. Nuestro propósito al presentar este trabajo es fundamentalmente realizar una exposición esquemática de los que consideramos puntos esenciales para una evaluación –en la que caben lógicamente muchas opciones de opinión- de las acciones externas de la OMC desde su creación. Con el mismo pretendemos cumplir varios objetivos. Por un lado, proporcionar a los interesados y a los estudiosos de las instituciones económicas internacionales y más en concreto de las relacionadas con la regulación de las políticas comerciales y del comercio internacional un instrumento útil de conocimiento. De modo especial cabe incluir en este ámbito a los estudiantes de estas materias. Pero por otro estamos convencidos de que, en el ámbito de los análisis y las decisiones empresariales, resulta cada vez más necesario el conocimiento de ese entorno global internacional del que la OMC forma parte. Por último, nuestro trabajo forma parte de un conjunto de tareas de investigación académica y profesional que desde la cátedra de Organización Económica Internacional de la Universidad de Alcalá se han emprendido. Para llevar a cabo el estudio en todas sus fases, tanto las relativas al nacimiento de la OMC como a la evolución en el tiempo de la institución, así como de sus logros y deficiencias hemos dispuesto de un amplio material. Junto a la literatura anteriormente indicada hemos contado con la documentación generada sobre la OMC tanto a niveles oficiales (en este orden es muy importante la página web de la misma) como en otros ámbitos. Encontramos y hemos manejado trabajos de partidarios y detractores de la OMC en buen número de países. Los mismos se encuentran con facilidad en páginas de periódicos y revistas de difusión varia pero sobre todo tienen una impresionante presencia en la red. Ahora bien, aún con sus limitaciones pues, por una parte, las declaraciones de las Conferencias Ministeriales consisten en una presentación pública de compromisos conseguidos sobre una amplísima relación de trabajos previos mayoritariamente de contenido técnico; y, por otra, en su presentación y redacción no se suelen encontrar aspectos críticos o negativos, hemos considerado de interés llevar a cabo un estudio de la evolución de la OMC partiendo del análisis de los resultados de las seis Conferencias Ministeriales que hasta el año 2006 se han celebrado. Dentro de las limitaciones exigidas por las normas de redacción de ESTUDIOS DE ECONOMIA Y EMPRESA en cuanto a extensión de trabajos se refiere dividiremos en cuatro partes nuestra exposición:

i) En primer término y a efectos de una necesaria comprensión para centrar el tema llevaremos a cabo una exposición sucinta acerca de la OMC. Sin duda para un análisis a fondo de esta se precisa una explicación de las circunstancias de su creación y de su fundamentación desde perspectivas económicas, políticas y jurídicas que solo podemos esbozar en este trabajo.

ii) En segundo lugar, también describiremos con brevedad las características peculiares y específicas de cada una de las Conferencias Ministeriales que han tenido lugar desde 1996 hasta 2005 procurando presentar las circunstancias y consecuencias de cada una.

iii) Seguidamente realizaremos también un análisis sencillo de la evolución de los temas y cuestiones que han ido surgiendo en la OMC desde el origen de la institución hasta la última de las Conferencias indicadas y que se han presentado en las mismas. Destacaremos así la permanencia de algunos de esos temas, de solución difícil sobre todo por la premura con que se exigen sean conseguidos resultados operativos.

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iv) Finalmente, intentaremos en un epígrafe final realizar una caracterización de los que consideramos elementos de mayor significación en la evolución de la OMC y sus perspectivas de futuro. Cierran el trabajo, aunque nos permitimos recomendar al lector su utilización simultánea con las páginas a las que se refieren, varios cuadros resúmenes que sintetizan la evolución examinada. Dos de ellos agrupan respectivamente los resultados de las tres primeras y las tres últimas Conferencias mientras que el organigrama que se incluye viene proporcionado en las memorias anuales en que la OMC resume sus actividades. Por ultimo, a efectos de simplificación, hemos de resaltar que, dados los objetivos del trabajo, no utilizaremos, como anteriormente hemos señalado, las notas bibliográficas que muchas veces permiten orientar acerca de las polémicas y opiniones levantadas por algunos conceptos. La bibliografía se reducirá así a la mención de las páginas web de la OMC relativas a Conferencias y a los títulos y referencias de las obras que hemos mencionado páginas atrás.

I- GENERALIDADES SOBRE LA OMC

a) Preliminares

Cualquier estudio sobre la OMC que pretenda considerar la pluralidad de aspectos de la institución puede enfocarlo de maneras distintas (por ejemplo, analizando el texto de su creación -Tratado de Marraquech- o bien describiendo su estructura institucional o bien estudiando las aportaciones de la literatura referente a la misma). Ahora bien, si se busca obtener una visión completa de los problemas asociados al objeto de estudio necesariamente ha de hacerse una referencia al GATT. Compartimos plenamente el criterio de los profesores Carreau y Juillard de que, en primer término, los agentes económicos que actúan en el comercio exterior deberían estudiar el paso del GATT a la OMC en razón de que con el mismo se han podido colmar algunas lagunas de aquel para conseguir una mayor eficacia en el sistema comercial multilateral. Este concepto inicial merece algunas precisiones. Partimos de la idea de la existencia en la historia de la economía (básicamente de las naciones occidentales) en los últimos siglos de una tendencia a ciertas formas de integración en torno a unos principios mínimos como se dan en el GATT. Claro está que sólo a efectos de exposición académica cabe realizar una consideración por separado de las políticas comerciales respecto a otros temas de obligada valoración. Cuestiones como la organización funcional y operativa de las administraciones estatales, los objetivos de las políticas económicas y su formulación y puesta en práctica, su relación con los mecanismos de toma de decisiones dentro de los Estados (y de las uniones de los mismos como formas de integración más o menos conseguidas) todas con su impacto en los agentes económicos que llevan a cabo operaciones comerciales en el sentido mas amplio (desde los intercambios de mercancías a las formas de presencia comercial en otras naciones) tendrían que ser consideradas y valoradas. Ha de destacarse en un esquema histórico elemental de la economía señalada el periodo posterior a 1945. Se le ha caracterizado como un intento de búsqueda de un orden en las relaciones comerciales internacionales. Se ha señalado que, en un periodo relativamente breve, los países (ciertamente de modo destacado los vencedores) llegaron a ponerse de acuerdo sobre las normas básicas reguladoras de las relaciones económicas entre naciones (lo que denominan los juristas un orden sometido a criterios pactados) así como sobre la definición y creación de organismos que deberían

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desarrollarlas y ponerlas en práctica. Al tiempo no debe olvidarse que la doble idea de cooperación entre naciones soberanas y predominio de la norma legal se encuentran en el fundamento mismo de la OMC.

b) Antecedentes. El sistema GATT Objetivos del orden señalado serian el establecimiento de un conjunto de normas

pactadas relacionadas con la conducta de las autoridades de los países que forman parte de las instituciones en el empleo de los instrumentos monetarios y comerciales así como la liberalización de tales instrumentos de las políticas comerciales y de los pagos internacionales. Se crearon, constituyendo el llamado Sistema de Bretton Woods el Fondo Monetario Internacional (al que se le atribuirían los aspectos de ordenación monetaria) y el hoy llamado Banco Mundial (originalmente destinado a la financiación de la reconstrucción de las economías destruídas y hoy especialmente volcado en tareas de desarrollo económico). El edificio institucional se debería haber completado con una Organización Internacional del Comercio que nunca vería la luz. Ahora bien, como elemento de regulación de las políticas comerciales, dentro de la creada atmósfera de cooperación, nacería el GATT como un acuerdo internacional entre los poderes ejecutivos de sus firmantes, lejos de la condición de Tratado del FMI y del BM. La historia señala que tal acuerdo se pondría en práctica mediante un protocolo de aplicación provisional mientras se completaba (nunca llegaría a hacerlo) el proceso de creación de la OIC.

El GATT (Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio) resultaba ser así no una organización internacional sino un acuerdo aceptado y llevado a la práctica por los Estados y territorios a los que se denominarían Partes Contratantes del mismo. Curiosamente, pese a la provisionalidad de su origen, la evolución de los hechos y las complicaciones de las relaciones internacionales le han llevado a una duración de aproximadamente cincuenta años. Pero sobre todo ha de resaltarse que, junto a su influencia en las regulaciones de las políticas comerciales de las señaladas Partes Contratantes (hasta un centenar de los principales países comerciantes del mundo) durante el período indicado, el GATT no ha desaparecido. Se ha integrado en la OMC y sus principios y prácticas se han incorporado a la OMC. De ahí la necesidad de un breve repaso a sus elementos fundamentales: los principios y las rondas negociadoras.

El GATT se configura alrededor de dos principios básicos y de una fórmula de carácter técnico-político por medio de la cual se llevan a cabo negociaciones sobre cuestiones de política comercial. Los principios son dos: a) el de transparencia, por el que cada Parte en el Acuerdo se obliga a informar a las demás de las decisiones y normas que aquella haya adoptado legítimamente en materias relativas a política comercial. Este principio, así como las formas de hacerlo operativo se han incorporado a la OMC; b) el de no discriminación, que obliga a las Partes del Acuerdo a la aplicación de las mismas normas comerciales a nacionales y extranjeros. Sus manifestaciones son la claúsula de nación mas favorecida (toda ventaja o compromiso que una Parte conceda a otra ha de extenderse a todos los demás participantes) y la igualdad de trato o trato nacional. Estos principios, si bien con algunas especifidades se encuentran en los tres grandes Acuerdos multilaterales de la OMC.

Por su parte, la técnica señalada se refiere a las concesiones negociadas entre las Partes, consistiendo en la realización de las mismas sobre la base de la reciprocidad y de ventajas mutuas. Ha de señalarse que los principios, especialmente el de aplicación de la no discriminación a través de la cláusula de nación más favorecida tienen una serie de excepciones (por ejemplo, en los casos de integración regional) en cuyo análisis no

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podemos entrar. Pero debe insistirse en que tales principios se han hecho operativos desde el momento de la creación del GATT (1948) por medio de una serie de rondas negociadoras que han afectado a un amplio conjunto de medidas de política comercial. Inicial y básicamente fueron los derechos arancelarios los afectados pero tales principios se han extendido a un conjunto de las llamadas medidas no arancelarias. De esta forma negociada se fija el marco al que deben ajustarse los países que conforman el GATT en la aplicación en sus respectivas políticas comerciales nacionales de los conceptos pactados (valoración en aduana, normas técnicas, antidumping, etc).

c) Las rondas de negociación En orden a conseguir el sometimiento a normas pactadas de los obstáculos

creados al libre comercio en la aplicación de medidas de política comercial adoptadas por los países que se oponen de diversas formas (unas más visibles como los derechos arancelarios; otras mas sofisticadas como las diversas medidas no arancelarias) a dicha liberalización de los intercambios (perspectiva de los exportadores) o lo que es lo mismo conseguir una limitación pactada a la libertad de aplicación de las medidas de política comercial, el GATT ha llevado a cabo en toda su historia diversas rondas de negociación acerca de tales medidas. En términos más generales, ha utilizado (con éxito variable) la técnica negociadora antes señalada para tratar los problemas comerciales que se dejaban sentir en cada momento. Las cinco primeras rondas se destinaron primordialmente a conseguir reducciones o consolidaciones (compromiso de no elevación de los derechos) de aquellas tarifas arancelarias que gravan las importaciones de mercancías. Ha de señalarse que, al llegar la llamada ronda Kennedy, en que se iniciaría el tratamiento multilateral de las medidas no arancelarias por medio de un acuerdo sobre las prácticas de dumping, los resultados estadísticamente estimados de las negociaciones se situaban, en términos de promedio para los productos industriales desde un nivel general del 40 por ciento en el año 1947 a un 10 por ciento a principios de los años 1970. En la séptima ronda (1973-79, conocida como la ronda Tokio) se adaptaron varios códigos de conducta, esto es, un conjunto de compromisos a los que los países firmantes habrían de ajustar sus medidas en los órdenes negociados respecto a diversas medidas de política comercial de carácter no arancelario. Los más importantes han sido los códigos sobre subvenciones y derechos compensatorios, sobre obstáculos técnicos al comercio (estándares o normas técnicas), sobre valoración en aduana y un segundo código antidumping. La octava ronda, a la que se conoce por el nombre del país en el que se celebraron sus primeras sesiones (Uruguay) tuvo lugar entre 1986 y 1994. Puede caracterizarse en grandes líneas por algunos rasgos: a) la aplicación de los principios y de normas establecidas en el GATT a temas comerciales que desbordaban el ámbito del comercio de mercancías; b) la extensión de los códigos de conducta a nuevas medidas no arancelarias; c) pero sobre todo esta ronda desde el punto de vista institucional conduciría a la creación de la Organización Mundial del Comercio (OMC) a la que dedicaremos buena parte de este primer epígrafe.

d) Las deficiencias del GATT

Aunque esta exposición mínima ha dejado de lado algunos de los aspectos del GATT que se han incorporado a la OMC (el sistema de toma de decisiones o los procedimientos conducentes a la solución de diferencias) debemos dejar constancia de

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algunas de las principales lagunas del GATT. Las vías en que se han intentado colmar constituyen elementos importantes de la manera en que se ha configurado la OMC, a la vez que constituyen un exponente de la evolución tanto del comercio internacional como de las políticas comerciales.

i) Debe insistirse en que el ámbito del GATT se limitaba al comercio internacional de mercancías. El estudio de la evolución de los intercambios mundiales expresada por las balanzas de pagos de distintos países pone de manifiesto el crecimiento de los correspondientes a conceptos distintos a los registros comerciales como son los intercambios de servicios. Pero, además, en lo que se refiere a los instrumentos de las políticas comerciales podemos hablar de la existencia de varias generaciones. La primera sería la que corresponde a los instrumentos de mayor visibilidad, cuyo ejemplo tradicional son los derechos arancelarios. En la segunda se clasifican instrumentos no visibles de cuantificación difícil (aplicación en frontera de normas técnicas, medidas sanitarias, etc). Pero en la actualidad las empresas, los agentes del comercio utilizan en la era de la mundialización otras formas de presencia como son las inversiones en el exterior. Ante ellas algunos países reaccionan mediante la aplicación rigurosa de medidas internas (por ejemplo, las normas de competencia). El GATT tradicional no podía servir sino parcialmente a estas nuevas formas de prácticas comerciales.

ii) En un sentido en cierta forma similar algunos autores han señalado que el GATT como sustituto provisional de la OIC no ha podido llenar el conjunto de problemas del comercio internacional que hubiera correspondido solucionar a aquella institución según su Tratado constitutivo (la Carta de la Habana). Cuestiones como los efectos internacionales de las prácticas restrictivas de la competencia, la inestabilidad de ingresos de los países productores de materias primas, etc., no han encontrado acomodo en el ámbito de un GATT limitado.

iii) Por otro lado la fuerza jurídica de un Acuerdo por importante que éste sea (y el GATT forma parte de los que la doctrina norteamericana llama “executive agreements”) es inferior a la de los Tratados aprobados por el poder legislativo y que pueden ser invocado ante el poder judicial (lo que se denomina ausencia de efecto directo del Acuerdo). Igualmente la provisionalidad se expresaba en que el GATT era implantado en los países en la medida compatible con la legislación comercial vigente en aquellos. Ello ha dado lugar a un conjunto amplio de discusiones puesto que algunos países (significativamente los Estados Unidos) no procedieron a la modificación de algunas de sus normas comerciales basándose en esta “cláusula de anterioridad” (conocida en la jerga del GATT como la “cláusula del abuelo”).

iv) La práctica inexistencia de un mecanismo institucional, posiblemente justificada en que no resultaba necesario para administrar y sobre todo interpretar el Acuerdo pues esta labor debía corresponder a las Partes, cuestión parcialmente equilibrada por la calidad y el buen hacer de los funcionarios de la secretaría se manifestó a lo largo de la vida del GATT entre otras cosas con la práctica inasistencia a sus reuniones de responsables políticos a nivel ministerial. De hecho sólo se celebraron en sus cincuenta años de vida cuatro sesiones con ese carácter.

v) Pero es sobre todo la multitud de excepciones y derogaciones de los compromisos lo que ha hecho hablar de un GATT “a la carta”, en el que los compromisos adquiridos por cada Parte distaban de ser homogéneo e incluso podían llegar a la no aplicación de los principios como fue el caso del comercio de productos textiles regulado por distintos Acuerdos Multifibras. Ello exigía un marco más severo de obligaciones.

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e) Las características de la negociación de la Ronda Uruguay La historia de la octava ronda de negociaciones del GATT arroja buena luz

sobre las complejidades relacionadas con la puesta en práctica de la cooperación internacional en materia comercial. Muy brevemente pueden citarse varios elementos en su nacimiento. Por un lado, la insatisfacción de muchos participantes en la ronda Tokio, finalizada en 1979 por los resultados obtenidos; por otra parte, la crítica a los fundamentos económicos y jurídicos del GATT y sobre todo la necesidad expresada por operadores académicos de conseguir un conjunto de reglas comerciales válidas para el año 2000. La historia detallada, magníficamente documentada en textos como el de Stewart, pone de manifiesto que ya en 1982 las Partes Contratantes del GATT lanzaron un programa de trabajo para negociar tales reglas para el futuro. Tras una serie de vicisitudes complejas, en septiembre de 1986 la Declaración de Punta del Este marcaría los objetivos y el comienzo de la que se ha definido como la más importante de las negociaciones patrocinadas por el GATT. Los objetivos generales de la misma –mejora del acceso a los mercados; mayor cooperación entre las instituciones internacionales económicas; participación de los países en desarrollo- incluían también una mejora del GATT. Tales objetivos se englobaría en un conjunto de catorce temas relacionados con el comercio de mercancías y un proceso de negociación paralelo (muchos países cuestionaban si el GATT sería o no el marco adecuado) sobre comercio de servicios. Un calendario que no se cumpliría (se quería terminar la ronda en 1990) y unas declaraciones generales cerraban la Declaración de lanzamiento de la ronda en la que debemos destacar que no figuraba la creación de un nuevo marco institucional. Fue en el transcurso del complejo proceso negociador (tanto por el número de participantes, superior a 100, como por los temas incluidos a petición de países con intereses y problemas bien diversos) y también por los acontecimientos internacionales que se produjeron alrededor del año 1990 cuando se planteó la resurrección de la vieja aspiración de crear una Organización del Comercio. Cabe señalar así que la creación de la OMC no figuraba entre los propósitos iniciales de los negociadores y mucho menos la estructura que pasaremos a describir. En ella a los tradicionales temas del comercio de mercancías se unirían otros como los relativos a agricultura, a derechos de la propiedad intelectual (inicialmente limitada su consideración al comercio de mercancías falsificadas) y especialmente el comercio de servicios. Todo ello con sus detalles se formalizaría en un texto -el acta de Marraquech- en el que a sus apenas catorce páginas relativas al establecimiento de la OMC han de añadirse diversos anexos que configuran hoy una estructura compleja de la que forman 150 países (con 30 más negociando su accesión). El organigrama de la estructura actual de la OMC figura en el anexo.

f) Objetivos y funciones de la OMC No debe extrañar que, al igual que ocurre en los textos de creación de

instituciones internacionales, desde las Naciones Unidas a la Unión Europea, la formulación de objetivos se formule en términos muy generales y amplios, intentando en cierta medida hacer compatibles posiciones muy diversas y conseguir una gran duración. En concreto, la OMC pretende que las relaciones entre países en la esfera de la actividad comercial contribuyan: 1) a elevar los niveles de vida; 2) a lograr el pleno empleo; 3) a conseguir un volumen considerable y un aumento constante de los ingresos

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reales y la demanda efectiva; 4) a aumentar la producción y el comercio de bienes y servicios; 5) a conseguir la utilización optima de los recursos mundiales y ello de conformidad con el objetivo de un desarrollo sostenible y procurando a la vez proteger y preservar el medio ambiente. Además, la OMC reconoce la necesidad de realizar esfuerzos para que los países en desarrollo y en especial los menos adelantados obtengan una parte sustancial del incremento del comercio internacional que corresponda a sus necesidades de desarrollo.

Esta formulación general que, en nuestra opinión, agrega a las definiciones primeras de los objetivos del GATT temas que la evolución de la actividad económica ha ido introduciendo (desarrollo sostenible, protección del medio ambiente, papel de los países en desarrollo) supone que los mismos se conseguirán mediante la celebración de acuerdos que, sobre la base de reciprocidad y mutuas ventajas (a las que nos referíamos al describir someramente el GATT) se destinen a reducir los obstáculos al comercio (arancelarios y de otros tipos) y a eliminar el trato discriminatorio en las relaciones comerciales entre naciones. Para ello se desarrollará institucionalmente un sistema multilateral de comercio del que forman parte tanto el GATT de 1947 con sus modificaciones como los resultados de la ronda Uruguay en otros órdenes relacionados con el comercio.

Nos sorprende, en buena medida, frente a la amplitud de los objetivos una definición escueta de las funciones de la OMC a la que el Tratado define como el marco institucional común para el desarrollo de las relaciones comerciales entre los países Miembros. Tales funciones se limitan a los asuntos relativos a los Acuerdos incluidos en el texto del Tratado de Marraquech. Son estas funciones:

a) La aplicación, administración y funcionamiento de una serie de Acuerdos multilaterales constituidos por:

i) Un Acuerdo sobre Comercio de Mercancías (GATT de 1994) que incorpora en su totalidad el Acuerdo GATT de 1947, junto a los instrumentos relativos a su interpretación elaborados entre dicha fecha y 1994. A él se añaden algunos nuevos instrumentos sobre algunos artículos del primer GATT. Igualmente forman parte del mismo los protocolos de concesiones arancelarias y no arancelarias de los distintos Miembros y sobre todo doce acuerdos sobre cuestiones varias que van desde un complejo tema (la agricultura) hasta medidas relacionadas con la inversión. La relación actualizada de tales acuerdos se encuentran en el organigrama adjunto.

ii) Un Acuerdo sobre Comercio de Servicios (GATS) que define un marco general sobre modos de prestación internacional de servicios, estableciendo un conjunto de obligaciones generales que recuerdan los principios básicos del GATT, si bien con una serie de matices. Debemos indicar que, además, los Miembros han establecido también listas de compromisos específicos que relacionan las formas de prestación indicadas con obligaciones y excepciones de acceso a mercados y de trato nacional. Igualmente se han desarrollado Acuerdos sobre algunos sectores específicos de servicios que se encuentran recogidos en el organigrama.

iii) Un Acuerdo sobre Derechos de Propiedad Intelectual Relacionadas con el Comercio (ADPIC, con iniciales en inglés TRIPS). Establece una serie de principios mínimos que los Miembros deben observar en su aplicación operativa nacional de normas de protección de la propiedad intelectual, definida de una forma descriptiva a través de conceptos que oscilan entre los derechos de autor, las marcas de fábrica, las topografías de semiconductores o la información reservada. Los Miembros deben incorporar o aplicar normas internacionales anteriormente negociadas en este orden a los principios tradicionales del GATT de nación mas favorecida y de trato nacional.

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iv) Un Mecanismo de Examen de Políticas Comerciales constituye la expresión más explícita del deseo de conseguir la mayor transparencia posible. Los distintos países Miembros, con periodicidad diferente según su importancia en el comercio deben presentar a los restantes Miembros una información completa de los elementos que constituyen sus políticas comerciales. Igualmente, utilizando estas informaciones la secretaría de la OMC prepara unos informes anuales de empleo necesario para conocer los trabajos y actividades de la institución.

v) Un Sistema de Solución de Diferencias, herencia modificada del que existía en el antiguo GATT que, a través de un procedimiento cuasijudicial, estudia los casos planteados por cualquier Miembro respecto a las medidas que otro haya podido tomar en las esferas de los Acuerdos anteriores. Tras su estudio por un mecanismo especial (los paneles de expertos) se propone una solución que es llevada a la práctica. El conjunto de informes realizados dentro del sistema constituye lo que puede denominarse adecuadamente jurisprudencia de la OMC (más de trescientos casos se han presentado desde su creación, los cuales pueden conocerse por medio de la página web de la OMC).

vi) Los Acuerdos plurilaterales (inicialmente cuatro y hoy dos) forman parte de la OMC y expresan obligaciones plenas para los Miembros que los hayan aceptado pero no crean derechos ni obligaciones para los Miembros que no lo hayan hecho. En la actualidad estos Acuerdos se encuentran en la Contratación Pública y en el Comercio de Aeronaves Civiles.

b) La OMC también constituye un foro para la celebración de negociaciones entre sus Miembros sobre sus relaciones comerciales multilaterales en el conjunto de las cuestiones incluidas en los Acuerdos señalados en los subepígrafes i) a vi). Naturalmente, en función de lo que se decida en el mecanismo institucional, la OMC puede ampliar el ámbito de las negociaciones multilaterales. Precisamente en parte esto se refleja en este trabajo pues las diferentes Conferencias han ido introduciendo nuevos temas. Debemos insistir en esa característica de foro para la celebración de negociaciones que se mantiene en su plenitud.

c) La OMC buscará una mayor coherencia en la formulación de las políticas económicas a escala mundial, a cuyo fin habrá de cooperar con FMI, Banco Mundial y organismos similares.

Sin duda, esta definición genérica de las funciones de la OMC que se encuentran en el Acta de Marraquech obligaría en un trabajo más extenso a la consideración de los distintos Acuerdos señalados con sus complejidades, sus posibles interpretaciones y mayor o menor adecuación a las situaciones comerciales no previstas. Pero pensamos que hoy puede hablarse de un sistema GATT-OMC de gran trascendencia sobre el que solamente las disposiciones establecidas en las que entrarían listas de concesiones y de compromisos específicos superan las cuarenta mil páginas. Si se le añaden interpretaciones doctrinales y contribuciones académicas y profesionales el mundo OMC no resulta sencillo. Nos hemos esforzado en presentarlo de una forma simplificada.

g) Peculiaridades y estructura organizativa de la OMC Cabe señalar un conjunto de características de la OMC que podemos clasificar

en dos grupos: i) Es propia de la OMC una definición de su condición jurídica respecto al

GATT. El Acuerdo de Marraquech le atribuye en este orden personalidad y cada uno de sus miembros (hoy, como se ha dicho,150) le conferirá los privilegios e inmunidades

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necesarias para el ejercicio de sus funciones. En este sentido, además, se dirige a llenar las deficiencias del GATT pues la OMC constituye una institución internacional, creada por el Tratado indicado eliminando la característica de compromiso “a la carta”, y constituyendo, por el contrario, una “empresa única”. Su alcance, por otro lado, resulta, más amplio que el de su predecesor por incluir inicialmente sobre el Acuerdo de Mercancías los Acuerdos Multilaterales sobre Servicios y Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio. Posiblemente, más adelante puedan temer cabida en el sistema otros Acuerdos de ese carácter. ii) Pero, al mismo tiempo, la OMC aprovecha diversos aspectos que caracterizaron la vida del GATT. Destaca, sin duda, su sistema de adopción de decisiones que mantiene la práctica de hacerlo por vía de consenso. Sólo cuando no se puede llegar a una decisión sobre la cuestión que se examina se decidirá por medio de votación. Claro es que este sistema, a la vista del gran número de países Miembros, está siendo objeto de discusiones. Pero además, la OMC ha incorporado a su estructura institucional, como se muestra en el organigrama, algunos importantes órganos existentes en el GATT especialmente el Comité de Comercio y Desarrollo, el de Restricciones por Balanza de Pagos y el de Asuntos Presupuestarios, Financieros y Administrativos. A ellos, en el Acta de Marraquech se le añadió el Comité de Comercio y Medio Ambiente y, como resultado de la ronda Doha un Comité de Negociaciones Comerciales. Y en ese orden de similitudes funciona con una secretaría a la que se incorporaron inicialmente los componentes de la plantilla del GATT. En el organigrama al que nos hemos referido pueden contemplarse los órganos de funcionamiento de la OMC que se han definido como clásicos. En la cúspide figura una Conferencia Ministerial que es el objeto de nuestra atención. La componen todos los Miembros y habrá de reunirse por lo menos una vez cada dos años (contrasta con el GATT que, como ya dijimos, solo se reunió a nivel ministerial en cuatro ocasiones en 50 años). La Conferencia tiene la facultad de adoptar decisiones sobre todos los asuntos que caigan en el ámbito de cualquier Acuerdo Multilateral. Desde nuestra perspectiva, los trabajos de preparación de las Conferencias y el seguimiento de los mismos dan origen a una documentación ingente, en general de alto nivel técnico que resulta precisa para conocer “in extenso” lo que hace la OMC. En los intervalos entre reuniones de la Conferencia Ministerial queda establecido un Consejo General que orienta a los Consejos de los tres Acuerdos Multilaterales (GATT, GATS y ADPIC) y actúa en los otros dos (Solución de Diferencias y Examen de Políticas Comerciales) desempeñando las funciones que le atribuyen los Acuerdos respectivos.

Por último, el esquema institucional se completa con Comités y Grupos de Trabajos, terminología ya utilizada por el GATT. En la práctica unos y otros tienen el cometido (mandato) establecido en sus normas de creación, difiriendo solamente en que los Comités no tienen duración prefijada mientras que los Grupos de Trabajo actúan hasta que se completa la misión encomendada. Debemos destacar los Comités establecidos en los Acuerdos GATT y GATS, pues representan la pluralidad de cuestiones analizadas, afectando a temas arancelarios y no arancelarios en el caso del comercio de mercancías y a temas varios en el GATS. Las denominaciones de estos Comités coinciden con las del Acuerdo que lo estableció. Nos encontraremos con frecuencia sus temas de trabajo en las páginas que siguen. A efectos simplemente recordatorios podemos destacar, entre otros, los Comités de Acceso a los Mercados, de Agricultura, de Salvaguardias, de Medidas Antidumping y de Subvenciones en lo relativo a Comercio de Mercancías.

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Cabe destacar finalmente que en el organigrama y como consecuencia de una decisión tomada en la Conferencia Ministerial de 2001 se incluye un Comité de Negociaciones Comerciales que coordina los trabajos que llevan a cabo los distintos Comités antes indicados específicamente para tales negociaciones. Algunos elementos merecen nuestra atención. Para alguien no familiarizado con el lenguaje y la práctica de las instituciones comerciales el esquema puede parecer a primera vista complicado. Estas complicaciones son especialmente severas para buena parte de los países en desarrollo que normalmente no cuentan con funcionarios destacados en la sede de la OMC (Ginebra) con un número mínimo y con una preparación suficiente para atender la multitud de trabajos y reuniones que la institución conlleva. Por el contrario, son las delegaciones de los países importantes en el comercio mundial las que cuentan con medios humanos y técnicos para hacer acto de presencia en todos los órganos de la OMC. Si, además, se considera que las administraciones de los países difieren en la preparación de las reuniones no cabe duda de que aquellas naciones que no cuentan con medios se encuentran en inferioridad de condiciones respecto a las otras. En alguna medida ello se ha intentado paliar con programas de asistencia técnica. La complejidad de las estructuras de la OMC no es la única ni principal de las críticas que ha recibido en su vida. Nuestros citados Carreau y Juillard, desde un punto de vista jurídico señalan como deficiencias la carencia de derecho derivado (poder de adoptar actos unilaterales obligatorios distintos al derecho nacional) y el cuestionamiento de la aplicabilidad directa. Se le ha criticado también falta de transparencia en sus formas de actuación y la limitación de sus acciones a las políticas comerciales de los Estados. Esta cuestión, sin embargo, plantea un tema de difícil dimensión política como es la diferencia entre los distintos países del mundo en su formulación y seguimiento de las políticas comerciales. Su tratamiento desborda los límites de este trabajo.

II- LAS CONFERENCIAS MINISTERIALES DE LA OMC. UN ORDEN CRONOLÓGICO

En el primer epígrafe hemos presentado en forma sintética lo que constituye el entramado del que se ha denominado sistema OMC. Cabría señalar que el tratamiento in extenso de cada uno de los Acuerdos Multilaterales indicados lleva a plantear una serie de problemas y cuestiones. Podríamos hablar en el ámbito de la regulación del comercio de mercancías, además de lo ya visto, de medidas de defensa comercial, del acceso a los mercados, de las excepciones y derogaciones, especialmente las relacionadas con las integraciones económicas y regionales así como de los ámbitos hoy por hoy no cubiertos por la OMC entre otras (las relaciones entre comercio y empleo, comercio y medioambiente, comercio y fiscalidad o del tratamiento desde una perspectiva comercial de las cuestiones monetarias internacionales). Pero, en todo caso, hemos destacado como una característica importante de la OMC y de su estructura institucional la existencia de las Conferencias Ministeriales. A ellas, siguiendo un orden cronológico, se referirá este epígrafe.

a) La Conferencia Ministerial de Singapur (1996) El término de la ronda Uruguay abrió un período en el que los países firmantes

del Acta de Marraquech pudieron poner en marcha sus mecanismos institucionales para la ratificación del Tratado. Además, en la Conferencia de Marraquech con la que se cerró el ciclo negociador (abril de 1994) los países expresaron con claridad sus

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preocupaciones acerca de cuestiones que no habían sido recogidas en el acta final indicada. De hecho, la OMC nacería el 1 de Enero de 1995 pero quedaban en el aire una serie de temas no incorporados a la documentación final que se cifra en mas de 500 páginas de texto y mas de 15.000 relacionadas con concesiones y compromisos que constituyen el cuerpo jurídico de la OMC. No debe extrañar, en consecuencia, que la primera labor de la primera Conferencia Ministerial, resultado institucional de las negociaciones, cumpliendo el compromiso ya señalado de celebración bienal, dedicara buena parte de sus trabajos a realizar una evaluación del grado en que los países Miembros habían incorporado a sus legislaciones nacionales los compromisos, así como las dificultades encontradas para ello. Surgen así las que se pueden clasificarse como cuestiones relativas a la aplicación de los Acuerdos. En este orden, en aras de la simplificación esquemática que se recoge en el cuadro 1 podemos distinguir tres grupos:

a) Temas que cabe definir como “tradicionales” en el sistema comercial multilateral recogidos en el Acta de Marraquech. Debe tenerse en cuenta que algunos de los Acuerdos alcanzados tenían un compromiso de duración temporal y que sería preciso antes del término de los mismos (nueve años para el Acuerdo de Agricultura, siendo para el GATS cinco, como ejemplos) realizar una revisión en orden a su prórroga o a su modificación o supresión.

b) Temas que habían sido incluidos mediante Decisiones adoptadas por los ministros participantes en la reunión del Comité de Negociaciones Comerciales con ocasión de la firma de Acta de Marraquech. Especialmente en este orden ha de destacarse la creación de un Comité sobre Comercio y Medio Ambiente.

c) La expresión de un tema permanente y de difícil realización operativa como es el tratamiento en el orden comercial propio de la OMC a los países en desarrollo y de los menos adelantados entre ellos. Se trazaría para ellos un “Plan de Acción”. Pero, además, en el estudio del acta de la reunión encontramos otras cuestiones de interés:

i) La presentación de una serie de problemas que serán conocidos en lo sucesivo como los “Temas de Singapur” y que se refieren a las relaciones entre comercio e inversiones, a la existente entre normas comerciales y normas de competencia, a la simplificación de los procedimientos comerciales y a la mejora en las prácticas de contratación pública.

ii) Una Declaración sobre el Comercio de Productos de Tecnología de la Información (conocido como acuerdo ITA) que expresa el objetivo de alcanzar en los intercambios de productos de estas categorías derechos arancelarios cero para finales del año 2000.

iii) Un compromiso de acuerdos en algunas de las categorías del comercio de servicios (especialmente servicios financieros y de telecomunicaciones básicas).

Lógicamente, además, la reunión realizaba una reafirmación de las funciones y objetivos fundacionales de la OMC, especialmente acerca de la confianza en el sistema multilateral de comercio y en el compromiso de conseguir una mayor liberalización del comercio mundial. Completan el cuadro inicial las declaraciones que, en cierta medida, suponen compromisos políticos relativos a los objetivos de la reunión, así como la definición de un poco comprometido plan de trabajo, que habla de la posibilidad de establecer negociaciones y del cumplimiento a tiempo de los compromisos.

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b) La Conferencia Ministerial de Ginebra (1998)

Siguiendo una norma no escrita de celebración de estas Conferencias en distintos continentes la segunda de la OMC se llevó a cabo en Ginebra. En alguna medida se pretendía con ello conmemorar el 50º aniversario de la firma del Acuerdo provisional que estableció el GATT, a la vez que se utilizaba la sede tradicional de la Secretaría del Acuerdo. Como cabe deducir del cuadro 1 esta Conferencia podría calificarse como de rutina. En efecto:

i) No encontramos grandes novedades en los temas tratados. Da la impresión de que continuaban preocupando cuestiones anteriormente debatidas, aunque no solucionadas, como son las relacionadas con la aplicación de los Acuerdos de Marraquech (especialmente significativa en este ordenes la reafirmación del compromiso del cumplimiento de los mismos) y las relativas a los países en desarrollo (se reafirma la necesidad de aplicar a los mismos un tratamiento diferenciado a la vez que se trata de poner en marcha el plan de acción creado dos años antes).

ii) Las afirmaciones sobre el plan de trabajo son también genéricas, no adquiriéndose ningún tipo de compromisos. Ahora bien, en la literatura relacionada con este tema encontramos que se había producido un distanciamiento inicial entre Estados Unidos y la Unión Europea como principales miembros de la OMC respecto a ese plan. Aunque los dos en principio eran partidarios de abrir una nueva ronda de negociaciones tenían ciertas diferencias en su concepción. Para aquellos una negociación debería plantearse con un enfoque global (tratar todos los temas fuese cual fuese su estado de preparación) mientras que, la Unión Europea era mas partidaria de trabajar según el grado de elaboración de los temas susceptibles de entrar en alguna negociación. Deseamos destacar este elemento porque en el GATT el impulso para la celebración de rondas de negociación había procedido especialmente de las principales potencias comerciales.

iii) Una cuestión que empezaba a preocupar en el ámbito de las instituciones económicas internacionales era el aumento de la transparencia en sus actuaciones y especialmente en sus procedimientos internos. Se hace en la OMC un llamamiento para conseguirla, aunque solo se notarán avances tras la siguiente Conferencia.

iv) Por último, aunque sin pasar de la esfera de las declaraciones se hace una referencia a las cuestiones monetarias indicándose la voluntad y el deseo de mantener mercados abiertos.

Nos parece apreciar que, por primera vez, resulta difícil que se concreten cada dos años resultados operativos en el conjunto de trabajos ordinarios que se llevan a cabo en la institución así como nuevas ideas y proyectos. Pensamos que los despliegues de medios informáticos que acompañan a estas reuniones no se compaginan con los resultados. Nos parece que la OMC, por medio de sus actuaciones normales, dista mucho de los resultados espectaculares que la presencia masiva de medios parece exigir. Por el contrario, en nuestra opinión, se acerca más a los sistemas rutinarios de las Asambleas Anuales del FMI o de las Conferencias de Ministros de Asuntos Generales de la UE, donde sólo ocasionalmente se presentan resultados espectaculares.

c) La Conferencia de Seattle (1999) Se pone de relieve en el cuadro 1 un vacío absoluto en lo que se refiere a esta

Conferencia. Naturalmente ello se refiere a las Declaraciones oficiales que suelen ser preparadas por los distintos órganos de la OMC y que son aprobadas con mas o menos modificaciones por los Miembros en la reunión, optando en su caso entre distintas

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redacciones y sobre todo señalando los trabajos a realizar. De hecho, respecto a la reunión de Seattle, en los comunicados oficiales solamente se realiza una exposición del desarrollo día a día de la Conferencia y un resumen final en que se recogen las manifestaciones de la presidencia de la misma y del Director General de la OMC. Una y otro expresan su decepción por no haber podido llegar a superar las diferencias de opiniones entre los participantes.

Sin embargo, la Conferencia había sido preparada cuidadosamente pudiéndose apreciar una distinción entre cuestiones a incluir en una negociación futura y otros temas ordinarios. Figuraban los acuerdos que requerían, como hemos dicho, una solución respecto a su continuidad o su ampliación (básicamente agricultura y servicios) mientras que otras muchas materias (comercio electrónico, facilitación del comercio, antidumping y un largo etcétera) deberían formar parte del programa de trabajo futuro. Especialmente de interés para personas que se inician en temas de la OMC, los órganos técnicos de la misma habían preparado una Carpeta de prensa con 78 páginas que contiene una síntesis bien lograda sobre la institución, a la que lógicamente hay que añadir la documentación producida en los distintos órganos.

¿Porqué falló la Conferencia? Se han avanzado algunas hipótesis que ponen de manifiesto que no resulta posible señalar una sola razón sino un conjunto superpuesto de causas. Algunas son:

i) El malestar de delegaciones de países y especialmente de algunos en desarrollo por la peculiar forma de llevar a cabo las negociaciones y por el aludido sistema de toma de decisiones. En efecto, el sistema, ante la imposibilidad de que las mismas se obtuviesen con un número amplio de participantes, había optado por la celebración de reuniones con grupos reducidos de países más o menos representativos. Ello motivó el malestar de delegaciones de países que no formaban parte de esos grupos reducidos;

ii) La coincidencia de las negociaciones con problemas internos del país anfitrión que se expresaron en algunos casos de forma violenta;

iii) La discrepancias ya indicadas iniciadas en la reunión de Ginebra entre Estados Unidos y la Unión Europea que, entre otras cosas, se manifestó en la carencia de un proyecto de Declaración.

La Conferencia ha pasado a la historia, además, porque fue posiblemente la primera manifestación externa de los movimientos antiglobalización, tema cuyo análisis supera los limites de este trabajo. En nuestra opinión, las consecuencias positivas del fracaso de Seattle han sido una mejora en la transparencia de los trabajos de la OMC, manifestada entre otras cosas en la facilitación al público de la documentación generada por la casi totalidad de los mismos así como el inicio de una discusión sobre la mejora de los procedimientos internos manifestada especialmente en el tema de una mayor democratización de la OMC (léase al respecto el informe “El futuro de la OMC”).

d) La Conferencia de Doha (2001)

Entre los antecedentes de esta Conferencia deben señalarse los de origen interno

(no podía permitirse la OMC un fracaso que podría haber supuesto el final de la organización) así como, en el orden externo, la confluencia de los trabajos auspiciados por las Naciones Unidas para la eliminación de la pobreza (Declaración del Milenio). De ahí el especial cuidado que todos los participantes pusieron en conseguir un conjunto de resultados coherentes que se expresan de forma resumida en el cuadro 2.

Del mismo caben destacar, en primer lugar, los aspectos generales. Como es lógico, tras la situación creada en Seattle los países Miembros tuvieron especial interés

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en poner de manifiesto su confianza en el sistema multilateral de comercio, a la vez que destacaron la colaboración del mismo en la eliminación de la pobreza. Resaltarían en esta línea la necesidad de actuar más eficientemente en favor de los países en desarrollo, lo que acabaría haciendo definir los resultados de la Conferencia como una “Ronda de negociación del desarrollo”. Se incorporaban también aspectos del desarrollo sostenible. Además, entre las cuestiones surgidas a consecuencia de la Conferencia de Seattle se hacía mayor hincapié en la búsqueda de la transparencia interna.

Pero, sobre todo, se establecía un programa de trabajo (en muchos aspectos similar a las rondas negociadoras del GATT, aunque formalmente no se le diera este nombre). En él se incluían una veintena de temas que podemos agrupar de la siguiente forma:

i) Cuestiones que forman parte del núcleo de la OMC original. En algunos casos (agricultura, servicios y acceso a los mercados para los productos no agrícolas) se perfila la idea de proceder a negociaciones. En otros (medidas antidumping y subvenciones, acuerdos de carácter regional) también se consideraba la posibilidad de establecer negociaciones.

ii) Cuestiones que se habían incorporado en la Conferencia de Singapur. Sobre ellos se acordó la intensificación de los trabajos pero sin prejuzgar si habría de llegarse o no a celebrar negociaciones.

iii) Cuestiones que afectan principalmente a los países en desarrollo. Se incluyen ahí temas como la transferencia de tecnología, la cooperación técnica, el trato especial y diferenciado que se expresan en el cuadro 2.

iv) Nuevas cuestiones como las relacionadas con el comercio electrónico. Especialmente el programa de trabajo marcaba un calendario para la finalización de los trabajos que conllevasen negociaciones. En principio la fecha de término debía ser el año 2005 (hoy sabemos que esa fecha no se ha respetado). Además, establecía el método institucional, similar a las rondas de negociaciones del GATT, esto es, un Comité de Negociaciones Comerciales al que deberían informar los demás órganos. Su estructura puede observarse en el organigrama que figura como anexo y al que repetidamente nos hemos referido.

e) La Conferencia de Cancún (2003)

En cierta medida esta Conferencia por sus resultados externos tuvo un desarrollo

similar a la de Seattle, lo que ha permitido calificarla también de fracaso. La documentación generada, relativa a los días de negociación, muestra los esfuerzos realizados internamente para conseguir un acuerdo, especialmente importante en cuanto a los procedimientos (modalidades) de negociación en agricultura, acceso a mercados para productos no agrícolas, pero que no llegaron a fructificar pese a que, a diferencia con Seattle, se contaba con un interesante proyecto de Declaración. Pero el resultado final disimulaba con un lenguaje diplomático la falta de acuerdo (“hemos progresado considerablemente. No obstante aún es preciso trabajar más en algunas esferas fundamentales para que podamos avanzar hacia la conclusión de las negociaciones en cumplimiento de los compromisos que asumimos en Doha”).

Quedarían expuestas algunas cuestiones que afectan al ADPIC como son los problemas relacionados con la salud pública y las denominaciones geográficas así como también un tema relacionado con cuatro países africanos productores de algodón a los que causaban un perjuicio las exportaciones subvencionadas de ese producto.

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f) La Conferencia de Hong Kong (2005) La última de las Conferencias hasta ahora celebradas se enfrentaba a la tarea

imposible de cerrar las negociaciones sobre las materias sobre las que nos referiremos en el tercer epígrafe dentro del plazo previsto, a la vez que debía contrarrestar los efectos negativos de la anterior Conferencia. Para ello los Miembros realizaron un esfuerzo especial en la preparación como se pone de manifiesto en la documentación presentada. De echo, el Consejo General había preparado un documento fechado en agosto de 2004 en el que se concentran en seis las grandes materias que debían negociarse: agricultura, acceso a los mercados para los productos no agrícolas, comercio de servicios, facilitación del comercio, normas y trato especial y diferenciado para los países en desarrollo.

El resultado final es una Declaración extensa y en buena parte técnica, acompañada de seis anexos que si se compara con los temas abordados en la Conferencia de Doha suponen una cierta evaluación sobre el camino emprendido. Quizá exista un cierto mayor detalle en los casos del ADPIC y de la agricultura en la que se ha añadido un apartado específico respecto al comercio del algodón. En todo caso las dificultades para concretar las modalidades de negociación exigieron la determinación de un plazo límite para terminar las negociaciones. A las alturas de 30 de Junio de 2006 solamente conocemos que los presidentes de los grupos respectivos han presentado a discusión sus informes. No podemos precisar en consecuencia si se cumplirá o no el plazo previsto para el término de las negociaciones.

Tras realizar esta exposición muy resumida del desarrollo cronológico de las Conferencias y antes de realizar en el tercer epígrafe una descripción mas detalladas de las materias incluidas en las mismas cabe realizar dos observaciones generales:

i) Las Conferencias responden en términos generales en cuanto se refiere a su preparación a la idea de incluir en ellas las cuestiones adecuadas en cada momento. En este orden resulta fácil distinguir dos grupos entre las Conferencias: las tres primeras se centraban en problemas de la puesta en marcha de la OMC mientras las tres siguientes han planteado y desarrollado el denominado programa de Doha. Lo podemos apreciar en los anexos de éste trabajo.

ii) En el desarrollo de las Conferencias se presentan importantes oscilaciones. En la mayoría de los casos (cuatro sobre seis) los resultados finales recogen en lo esencial si no íntegramente los proyectos de declaraciones preparados por los órganos correspondientes con un contenido variable de temas. En otras dos Conferencias (las de Seattle y de Cancún) un conjunto de elementos varios impidieron ese resultado.

III- LAS CUESTIONES ABORDADAS Como hemos señalado un tratamiento incluso elemental de las cuestiones

planteadas con ocasión de las Conferencias Ministeriales de la OMC sobrepasan los límites y el objetivo de este trabajo. Ahora bien, resulta conveniente completar las informaciones proporcionadas en los dos primeros epígrafes con una presentación mínima de los temas que se han incluido en las seis Conferencias celebradas si bien lógicamente no podemos entrar en el análisis de disposiciones planteadas, posiciones doctrinales, soluciones ad-hoc registradas necesarias para conocer el funcionamiento del sistema. Sin prejuzgar tampoco las prioridades o importancia de los temas incluido hemos debido proceder a una cierta ordenación del conjunto de cuestiones de la siguiente forma:

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a) Declaraciones de carácter general acerca del sistema comercial. b) Temas cuyo tratamiento es anterior al término de la Ronda Uruguay y que se

han mantenido (agricultura, acceso a mercados, normas, sistema de solución de diferencias, tratamiento de los países en desarrollo).

c) Temas con tratamiento derivado de la Ronda Uruguay (Acuerdos Multilaterales, temas de Singapur, comercio y medio ambiente)

d) Temas desarrollados con posterioridad a la primera Conferencia e) Temas de interpretación y negociaciones. a) Declaraciones de carácter general De forma especial en las primeras conferencias pero también en alguna de las

que tuvieron lugar tras una situación de crisis (la Conferencia de Doha tras la de Seattle) los países miembros de la OMC, hoy en número de 150, pero que inicialmente fueron 120, a los que se fueron sumando otros que han completado sus procesos de accesión y a los que las Conferencias dan la bienvenida, han tenido ocasiones de reafirmar su compromiso con el sistema multilateral de comercio. Especialmente se destacan sus características de apertura y de previsibilidad derivada del sometimiento a normas jurídicas pactadas de las políticas comerciales. De forma especial ello se pone de manifiesto en las Conferencias de Singapur, Ginebra y Doha.

Estas declaraciones de principios suelen estar acompañadas por definiciones sobre temas destacados en cada momento. Así, la primera Conferencia subraya el papel del sistema en la consecución de un mayor crecimiento económico y la de Doha se refiere a su papel en relación con el alivio de la pobreza y el desarrollo sostenible. Además se explicita de forma muy destacada en las Conferencias citadas la cooperación con otras instituciones económicas internacionales en búsqueda de una mejor coordinación de las políticas económicas.

Cerrarían estas definiciones, por una parte la preconizada mejor transparencia para las actividades de la OMC y la capacidad de ésta, por otra para afrontar los retos de la economía mundial. Explícitamente encontramos referencias en la Conferencia de Ginebra respecto a problemas monetarios y en las de Singapur y Doha en relación con las normas laborales. Pensamos que todas estas afirmaciones resultaban necesarias por contribuir a una definición mas completa del papel a desempeñar por la OMC, debiendo inspirar las grandes líneas de sus actuaciones.

b) Temas anteriores a la Ronda Uruguay En este apartado incluimos conceptos que fueron objeto de algún tratamiento en

el GATT, aunque normalmente incompleto, y que han seguido diferentes líneas para su mejora.

** En primer lugar cabe hablar de agricultura. Constituye un tópico la afirmación de que, por diversas razones operativas el comercio de productos agrícolas no fue regulado en el GATT y que la Ronda Uruguay constituyó un paso importante para la integración plena del sector en el sistema, aunque debe subrayarse que la misma no se limita a los aspectos comerciales. El acto de Marraquech incluyó en este dominio un Acuerdo de duración limitada (nueve años). Entre sus disposiciones concretas figuran las relativas a acceso a los mercados con la opción de convertir de derechos arancelarios todo un amplio abanico de medidas de protección así como las relacionadas con las ayudas a la exportación y las ayudas a la producción de productos agrícolas.

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El tema es de enorme trascendencia para países desarrollados y países en desarrollo, claro está que por diferentes motivos. Lo encontramos en todas las Conferencias así como en documentos preparatorios de las mismas. En las primeras Conferencias se marca un énfasis en las cuestiones que se relacionan con la aplicación del Acuerdo. En las tres últimas, desde Doha se hace hincapié en la forma en que había que conducirse las negociaciones. Así encontraremos propuestas acerca de la reducción de las ayudas internas con posibilidades de que se registren recortes en éste orden para los países desarrollados, así como que se eliminen todas las formas de subvenciones a la exportación (en la Conferencia de Hong Kong se ha acordado la fecha de 2013). Igualmente se ha hablado de acceso a mercados que, teniendo en cuenta el mecanismo de Marraquech de proceder a una arancelización de las antiguas formas de protección (calendarios, derechos variables, etc.), se centran en reducciones y consolidaciones arancelarias. Igualmente dentro de este capítulo se habla de cuestiones como los productos sensibles, los productos especiales el tratamiento para los países en desarrollo o los mecanismos de salvaguardia.

En pocas palabras las Conferencias han realizado un exploración importante de cuestiones técnicas para que se lleven a cabo negociaciones, si bien se echa de menos un impulso político. El propósito establecido en las Conferencias posteriores a Doha ha sido fijar una fecha límite para la culminación de las negociaciones que, en el momento de redactar estas líneas, se ha fijado en el año 2006. Precisamente este es el año en que los países desarrollados han adoptado un compromiso de eliminar sus ayudas a sus exportaciones de algodón como materia prima fundamental en los ingresos de cuatro países africanos.

** Sin duda, como hemos puesto de relieve, el tratamiento de los derechos arancelarios (su reducción y/o su consolidación) constituyó el objetivo principal de las negociaciones mantenidas en el GATT. En la actualidad esta cuestión debe ir acompañada de la consideración de las barreras no arancelarias al comercio. De ahí que la evolución de las conferencias vaya centrándose cada vez más en el concepto de acceso a mercados que incluye tanto lo arancelario como lo no arancelario. En esta línea hay un desarrollo paralelo a la agricultura, esto es se han tratado de establecer modalidades para una negociación así como una fecha límite para su conclusión.

En la medida en que han aumentado los miembros de la OMC con gran diversidad de situaciones y objetivos las negociaciones en estos campos se han hecho cada vez más complejas. Hoy no resulta posible la aplicación única de fórmulas tradicionales como la reducción lineal de aranceles o el mecanismo de presentación de demandas y ofertas. Estas tendrían un carácter complementario a fórmulas más complicada de reducción y se tienen en cuenta situaciones como las de los países con baja cobertura de consolidaciones, de flexibilidades para los países menos avanzados, de economías pequeñas y vulnerables y de miembros de recienta adhesión cada uno con sus problemas específicos. También se han estudiado, constituyendo parte del proceso de negociación los obstáculos no arancelarios y de forma no especial la erosión de las preferencias que se registrará como consecuencia de la reducción de obstáculos a todas las exportaciones con impacto especial en los países en desarrollo.

** Bajo la denominación genérica de normas cabe incluir todo el conjunto de Acuerdos que se encuentran en el ámbito del Acuerdo Multilateral sobre el Comercio de Mercancías (reglas antidumping, sobre obstáculos técnicos al comercio, etc.). Su tratamiento en las Conferencias ha seguido el camino ya conocido. En las primeras se procedió a una identificación de los problemas relativos a la plasmación a las normas nacionales de los compromisos negociados. A partir de la Conferencia de Doha se inician negociaciones para llegar a la construcción, en paralelo con otros ámbitos, de

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textos refundidos del acuerdo antidumping y del de subvenciones y derechos compensatorios. En este caso específico se señala además la necesidad de fortalecer las disciplinas relacionadas con las subvenciones al sector pesquero.

** Cuestión importantísima en la historia del GATT y hoy incorporada a la OMC es la relación entre el sistema comercial multilateral representado en ambas siglas y su contenido y la amplísima colección de acuerdos comerciales preferenciales de carácter regional que han florecido en diversos periodos desde 1950. Tales acuerdos van desde las tradicionales áreas de comercio libre a los mercados comunes. No olvidemos que por ejemplo la Unión Europea en sentido estricto es resultado de un acuerdo de este tipo. Originalmente se pensaba – y así se plasma en las primeras normas del GATT- que existían dos formas básicas de integración comercial regional, a saber las áreas de comercio libre y las uniones aduaneras. El propio Acuerdo establecía una serie de criterios, ciertamente muy poco precisos para buscar la compatibilidad de unas y otras con los principios fundamentales del GATT. Se considerarían las uniones regionales como casos excepcionales y como tales excepciones al GATT deberían obtener una exención especial.

Las cosas han cambiado mucho desde 1948. Alguno de los países que mas ardorosamente defendieron un sistema multilateral abierto (caso de Estados Unidos) forma hoy parte de acuerdos regionales. De hecho la práctica totalidad de los países Miembros de la OMC participan en alguno o algunos de estos acuerdos. No es de extrañar que unas primeras opiniones sobre incompatibilidad se hayan suavizado y que hoy se reconozca no solo la posibilidad de coexistencia sino de cooperación entre los acuerdos de ambos tipos.

Este cambio se ha reflejado en las Conferencias. En la de Singapur se recoge el establecimiento de un Comité de acuerdos comerciales regionales y se reconoce que los acuerdos de este tipo podrían promover una mayor liberalización del comercio a la vez que podrían ayudar a las economías en desarrollo a una mejor integración en el sistema de comercio mundial si bien se señala que es el sistema multilateral el que tendría la primacía. En la práctica han existido problemas en el examen de la conformidad de algunos acuerdos regionales con las disposiciones de la OMC por lo que la Conferencia de Doha estableció la necesidad de que los miembros de la OMC llegasen a cabo negociaciones para aclarar las normas aplicables. Su estudio se lleva a cabo en el grupo de negociaciones sobre normas el término de cuyas actividades también se cifra en 2006. Debemos insistir en el cambio de filosofía respecto a estos acuerdos que encontramos recogido de una forma especial en la Conferencia de Hong Kong en la que se señala que los acuerdos regionales son un elemento importante de las políticas regionales de los Miembros.

** El sistema de solución de diferencias ha constituido desde su origen en el GATT y por su extensión a todos los acuerdos multilaterales que hoy forman la OMC un tema de estudio importante por parte de académicos y prácticos. Su evolución en una continua búsqueda de conseguir un mayor rigor formal buscando la protección de las ventajas negociadas por los Miembros, así como su uso frecuente (hoy se encuentran en la página Web de la OMC referencias a mas de trescientos casos) hace de esta cuestión un punto que se encuentra continuamente en los programas de trabajo de la OMC y lógicamente también de sus Conferencias. Sin entrar en una descripción detallada del mismo si cabe indicar que sobre esta materia de naturaleza técnica – jurídica deberá llegarse al final del 2006 a un acuerdo sobre mejora de algunos aspectos (plazos, cumplimiento de las recomendaciones, etc.).

** Sin duda, la historia del GATT y del actual sistema OMC muestra una correlación digna de estudiarse monográficamente entre comercio y situaciones de

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desarrollo económico, especialmente la de los países en desarrollo. En 1964 se incorporó a la redacción del Acuerdo General una parte IV sobre Comercio y Desarrollo, que es mucho más una expresión de buenos deseos que un conjunto de obligaciones precisas. Ha dado origen a un amplio repertorio de trabajos fundamentalmente realizados a través de un Comité de Comercio y Desarrollo.

En la Ronda Tokio se intentó conseguir unas obligaciones de trato diferenciado y más favorable para los países en desarrollo que se manifestaron en la aceptación en primer lugar de los sistemas de preferencias generalizadas y de posibles acuerdos entre países en desarrollo todas ellas fórmulas que cubriría una “cláusula de habilitación”. Pero, los tipos reducidos de aranceles y el surgimiento de las medidas no arancelarias han ido reduciendo las posibles ventajas de que gozaban los países en desarrollo, fenómeno conocido como la erosión de preferencias. Posiblemente, el proceso de mundialización ha contribuido aún más a ampliar las diferencias entre países desarrollados y los que no lo son. Por ello, en la Ronda Uruguay, en los Acuerdos sobre Medidas no arancelarias, se concedió a los países en desarrollo, entre otros “beneficios”, la posibilidad de introducir, en la aplicación operativa de los mismos, períodos más amplios.

Desde la primera de las Conferencias Ministeriales de la OMC, y partiendo de estas experiencias que, en nuestra opinión, se han mostrado insuficientes para reducir las diferencias de desarrollo entre los países, se ha planteado la forma de hacer operativo el principio de un tratamiento especial. En la Conferencia de Singapur, se perfiló un plan de acción que incluiría, junto al acceso libre de derechos arancelarios a los mercados de los países desarrollados de los productos de exportación de los países en desarrollo, una mejora de las condiciones para las inversiones. En la de Doha se explicitan algunos puntos de interés para el trabajo futuro: problemas específicos de las pequeñas economías, transferencia de tecnologías, compromisos en materia de cooperación técnica y creación de capacidad, entre otras.

Un poco más adelante (en febrero de 2002) se estableció un programa de trabajo que culminó en la Conferencia de Hong Kong con un compromiso de que los países desarrollados, así como los países en desarrollo que puedan hacerlo, otorgarán a los productos originarios de los países menos adelantados en el año 2008 un acceso a los mercados libre de derechos y de contingentes, a la vez que buscarán la sencillez y la transparencia en las normas de origen. Además, conjuntamente con Banco Mundial y Fondo Monetario, se ha establecido un Marco Integrado de Actuación en el que se incluye un Fondo destinado a la financiación de los países. Como en tantos otros temas, será preciso esperar algún período de tiempo para juzgar la adecuación de las medidas señaladas.

c) Temas con tratamiento derivado de la Ronda Uruguay ** Como hemos puesto de relieve en el Conjunto de Decisiones que

acompañaron a la Reunión de Marraquech, se incluyó una destinada al estudio de la relación entre normas comerciales multilaterales y normas medioambientales, plasmado en la creación de un Comité que se ha venido reuniendo desde 1995. Éste, en nuestra opinión, ha llevado a cabo una importante labor técnica sobre problemas complejos de los que da una idea la existencia de una gran variedad de normas medioambientales de carácter multilateral, de efectos y eficacia no siempre claros, en contraste con la existencia de un solo Acuerdo Multilateral en materia comercial con un sistema de solución de diferencias que ha tenido un elevado grado de eficacia.

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Los estudios del Comité se han centrado en un amplísimo conjunto de cuestiones entre las que pueden destacarse, a título de ejemplo, las relaciones entre las normas de la OMC y las medidas de carácter comercial adoptadas en otros foros con fines ambientales, especialmente las adoptadas en aplicación de acuerdos multilaterales (recordemos como ejemplo el CITES, los Acuerdos de Protección a la Fauna de diversos títulos y alcance, etc.). Además de subrayarse que las cuestiones medioambientales han ido adquiriendo una mayor universalización en diferentes conferencias de las Naciones Unidas (protección de la capa de ozono, cambio climático, etc.).

No es de extrañar que en las distintas conferencias de la OMC se haya hecho referencia a la cuestión. Por ejemplo, en la de Doha encontramos el propósito de que se inicien negociaciones entre los Miembros acerca de la relación entre las normas vigentes de la OMC y las obligaciones comerciales específicas establecidas en los Acuerdos Multilaterales sobre Medioambiente, buscándose un intercambio periódico de informaciones entre las secretarías de la OMC y las de los indicados Acuerdos Medioambientales. Ciertamente, la colaboración ha sido establecida, pero los resultados que para unos deberían probablemente reflejarse en un Acuerdo Multilateral similar al GATS o al ADPIC están lejos de conseguirse.

** Destacamos en la Conferencia de Singapur el origen de dos cuestiones de importancia que podemos relacionar con las que hemos definido como políticas comerciales de tercera generación. Se trata de las relaciones entre normas comerciales y normas de competencia, así como las de aquellas con las que regulan las inversiones en los distintos países. Respecto a las dos cuestiones, en esa Conferencia se establecieron Grupos de trabajo que han venido desarrollando desde 1996 una importante labor técnica aclaratoria de conceptos y variables que se encuentran en las citadas relaciones.

De hecho, los países Miembros de la OMC presentan una gran disparidad en la formulación y aplicación de sus políticas de competencia. Suele indicarse que en el caso del país impulsor de ésta, los Estados Unidos, existe una preocupación por las situaciones monopolísticas mientras que en otros países ni siquiera existen normas específicas sobre competencia. En otra situación se encuentra la Unión Europea que, además de las acciones antimonopolio, incluye en su definición de política de competencia las ayudas públicas. Por otra parte, en los países en desarrollo, la política de competencia no ha alcanzado estado de naturaleza debido tanto a la complejidad que la misma conlleva como a la inexistencia de estructuras mínimas en este orden.

La regulación internacional de las inversiones en la multitud de facetas relacionadas con el tema generalmente ha sido efectuada por medio de Convenios o Acuerdos Bilaterales. Por razones de eficacia, la necesidad de una regulación multilateral se ha hecho sentir en diferentes momentos. Por ejemplo, a fines de la década de los noventa, en el seno de la OCDE se llegó a perfilar un Acuerdo Multilateral conocido por sus siglas AMI. Sin embargo, el hecho de que la cobertura de miembros de esta institución sea limitada, aconsejó que el tema se tratase en la OMC.

Las dos cuestiones han tenido un desarrollo similar. Introducidas en la Conferencia de Singapur, algunos países, especialmente los Estados Unidos, hubiesen querido que formasen parte del ciclo negociador iniciado en Doha. Pero la complejidad de los temas y las dificultades de hacer compatibles posiciones e intereses muy diversos han aplazado la decisión. Hoy los trabajos de ambos grupos están en suspenso.

** No es éste el caso del conjunto de trabajos destinados a conseguir una facilitación del comercio. Ya en la Conferencia de Singapur se encomendó al Consejo de Mercancías que llevase a cabo trabajos acerca de una simplificación de los procedimientos comerciales. Desde un punto de vista operativo, en la Conferencia de

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Hong Kong se ha presentado un conjunto de temas destinados a mejorar ciertos procedimientos de las autoridades públicas en materia comercial. Entre ellos se incluyen posibles acuerdos acerca de publicación y disponibilidad de las informaciones comerciales, sobre medidas destinadas a simplificar las formalidades en relación con las operaciones de importación y exportación, así como conseguir una mayor cooperación entre autoridades aduaneras y otras también responsables del comercio. Los resultados de estas negociaciones se incluirán entre los que tengan lugar al término del proceso iniciado en Doha.

d) Temas desarrollados con posterioridad a la primera Conferencia ** Incluimos en este apartado cuestiones que se han presentado con

posterioridad a 1996 en razón de la evolución del Comercio Internacional. Sin duda la que resulta más importante es la del Comercio Electrónico. Respecto al mismo, en la Conferencia de Ginebra se estableció que los miembros de la OMC mantendrían la práctica de no imponer derechos aduaneros a las transmisiones electrónicas. Cabe destacar que se lleva a cabo en la OMC un programa de trabajo sobre este tipo de comercio, en el que figura de una manera especial el tratamiento de los programas de informática que se suministran de forma electrónica y también dentro de la filosofía de la institución la consideración de los problemas relacionados con los países en desarrollo en este orden.

** Especialmente en el programa de Doha se incluyeron temas que habían tenido una cierta consideración en el antiguo GATT. Figuran entre ellos, en sentido amplio, las relaciones entre temas comerciales y los financieros y monetarios. Las Conferencias lo han explicitado bajo la fórmula de relación entre Comercio, Deuda y Finanzas. En la Conferencia de Doha se creó un grupo de trabajo específico sobre el tema. En la Conferencia de Hong Kong, al hacer balance de las actividades emprendidas en cumplimiento del programa de trabajo de Doha, se hace una referencia a las tareas iniciadas en 2002. En cierta medida insisten en llevar a cabo trabajos conjuntos con instituciones como el FMI pero aún se está muy lejos de haber terminado los trabajos.

e) Temas de interpretación y negociaciones de acuerdos Bajo esta rúbrica mencionamos brevemente algunas cuestiones que han dejado

de tener presencia en las Conferencias y sobre todo a las negociaciones que se llevan a cabo respecto a los Acuerdos no relativos a comercio de mercancías. ** Así, en la primera de las Conferencias, la tantas veces citada de Singapur, encontramos una mención al comercio de productos textiles que se regiría hasta 2005 por un acuerdo específico, el conocido como Acuerdo Multifibras. La Conferencia insistiría en el cumplimiento de los compromisos adquiridos, pero, lógicamente, una vez integrado el comercio de estos productos en el sistema general, no se encuentran desde entonces referencias específicas. ** Igualmente, en la Conferencia de Singapur, se hace una referencia a una cuestión que se había planteado con características singulares, dando lugar a discusiones sobre concepto y práctica de dumping social. Consistirían las mismas básicamente en la crítica a países en desarrollo como consecuencia de la no incorporación en sus costes de producción de los relativos a personal por no cumplimiento de normas laborales que los países desarrollados considerarían mínimas. La Conferencia de Singapur reconoce, a la par que se compromete a respetar las normas fundamentales de trabajo, que es la Organización Internacional de Trabajo el órgano competente para el establecimiento de

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las normas anteriormente dichas. No volvemos a encontrar esta cuestión en las siguientes conferencias, aunque sí en la literatura, donde la relación entre Normas Comerciales y Derechos Sociales, ha dado origen a un amplio abanico de trabajos. ** Sí lo hacen, en contrapartida, los temas relacionados con el comercio de servicios (GATS) y con el ADPIC. Aunque el tratamiento pormenorizado de los mismos requiere un amplio espacio para comentar los problemas surgidos en doce años de funcionamiento no podemos dejar de hacer algunas consideraciones para conseguir la visión general de la OMC que pretendemos. La introducción en el sistema OMC del Comercio de Servicios, fue considerada por muchos autores como la gran aportación novedosa de la Ronda Uruguay. Es de justicia señalar que, en sentido contrario, para otros constituía una amenaza por diversas causas (extensión de criterios de mercado a sectores tradicionalmente enclavados en la economía pública como la Sanidad o la Educación). Sin entrar en una descripción detallada del GATS podemos indicar que sus disciplinas, aplicadas a los ya indicados cuatro modos de prestación de servicios, se extienden a la transparencia, a la cláusula de nación más favorecida, a los monopolios y proveedores exclusivos de servicios, a las prácticas comerciales, a la contratación pública y a las normas de política de competencia aplicables a las reglamentaciones nacionales de servicios. En la vida operativa se han registrado cuestiones diversas de las que las Conferencias se han hecho eco. La primera se preocupaba especialmente de las dificultades encontradas en las negociaciones sobre mejoramiento del acceso a los mercados, así como de continuar las negociaciones no finalizadas en 1994 en varios sectores (telecomunicaciones básicas, servicios financieros, transporte marítimo y algunos servicios profesionales). En siguientes Conferencias quedaba reafirmada la continuidad del proceso de negociación previsto en el Acta de Marraquech que debía iniciarse en marzo de 2001. Es sobre todo en la Conferencia de Hong Kong, donde vemos reflejada una serie de principios, enfoques y plazos para las negociaciones respecto a los cuatro modos de prestación de servicios. Las negociaciones deberían terminar en el año 2006. ** Igualmente, la inclusión en la OMC de los Derechos de Propiedad Intelectual en los aspectos comerciales planteó una serie de cuestiones previas que se han visto reflejadas en su funcionamiento. De hecho, ha sido preciso introducir algunas modificaciones o precisiones respecto al texto original. En el Acuerdo de 1994 se incluían una serie de derechos que van desde los tradicionales de autor a los esquemas de trazados de circuitos integrados, pasando por marcas de fábrica, dibujos y modelos industriales. Además, el Acuerdo establece normas frente a la competencia desleal y se refiere a la información no divulgada. A lo largo de la vida del Acuerdo, se han presentado muchas cuestiones que ha estudiado el Consejo respectivo tanto en sus sesiones ordinarias como en relación con las negociaciones. Las Conferencias nos permiten conocer tales cuestiones así como algunas de las soluciones puestas en práctica. Básicamente la Conferencia de Doha llama la atención sobre la relación entre el ADPIC y la Salud Pública. El Acuerdo habría de aplicarse de forma que se apoye la salud pública, promoviendo tanto el acceso a los medicamentos existentes como la creación de otros nuevos y habría de buscarse igualmente, una solución para las cuestiones de las licencias obligatorias y de las importaciones paralelas. Otros temas planteados en esa Conferencia se refieren a las indicaciones geográficas así como a la patentabilidad de las invenciones relacionadas con plantas o animales. La Conferencia de Hong Kong, al realizar su valoración del Programa de Doha, resulta significativa respecto a algunos puntos. Así, indica la necesidad de terminar en

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2006 las negociaciones sobre el establecimiento de un sistema multilateral de notificación y registro de indicaciones geográficas de vinos y bebidas espirituosas. Respecto a cuestiones relacionadas con reclamaciones presentadas por algún Miembro no basadas en infracciones se acordó la no presentación de las mismas. En definitiva éstas y otras cuestiones técnicas relativas a aplicación deberían resolverse en 2006.

IV- A MODO DE CONCLUSIONES El análisis de estas Conferencias de la OMC que hemos realizado de una forma necesariamente sintética puesto que el tratamiento en profundidad de los temas planteados requeriría muchísimas más páginas (pensemos que solamente la documentación directamente examinada supera las tres mil páginas) pone de relieve algunas cuestiones interesantes:

a) Se mantienen en los trabajos de la OMC y de sus Conferencias un buen número de cuestiones relacionadas con la puesta en práctica de los compromisos generales y específicos negociados y adquiridos por los países con motivo de la Ronda Uruguay y de su aplicación. Los resúmenes de los documentos citados en los anexos y los que hemos hecho en los cuadros justifican esta afirmación. Sobresalen los temas permanentes, si bien hay que reconocer que, de acuerdo con las circunstancias cambiantes de la evolución de la economía mundial, hay temas que desaparecen y otros que surgen.

b) Encontramos en la OMC una preocupación permanente por las cuestiones específicas relativas a los países en desarrollo y dentro de ellos a los que entran en la categoría de países menos adelantados. Quizá de una forma más específica dicha preocupación se pone de manifiesto tras conocerse la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas. Ésta ha tenido una incidencia evidente en las labores de las principales instituciones económicas internacionales. Ahora bien, lo que más nos debería preocupar a estas alturas es el grado real de cumplimiento de los compromisos enunciados y admitidos al menos a nivel político.

c) La introducción de temas nuevos, que se ha realizado desde el término de la Ronda Uruguay, pone de manifiesto la existencia de temas que se van presentando en las relaciones comerciales internacionales en distintos momentos. Dos de ellos, las relaciones entre sistema comercial multilateral y política de competencia y entre aquél e inversiones, han sido definidos como “temas de Singapur”, pero a ellos han de sumarse otras cuestiones como la consideración del comercio electrónico que, lógicamente, tenía un impacto mínimo en el momento de finalización de la Ronda Uruguay, (1994); o la relación entre comercio y medioambiente o comercio, deuda y finanzas entre otros.

d) La consideración de que existe un mejor conocimiento hoy de lo que significan OMC y Sistema Comercial Multilateral por parte de los agentes económicos. En este orden debe destacarse la preocupación por obtener la mayor transparencia posible del sistema que describimos en el primer epígrafe. Especialmente después de la Conferencia de Seattle se ha producido un importante cambio en cuanto se refiere a la difusión pública de la documentación generada en los distintos órganos de la OMC. Igualmente, la transparencia se refiere a la presencia como observadores de ciertas ONG’s. En todo caso, cuestiones tan importantes como las mejoras del sistema de toma de decisiones o la mejora en la democratización de la OMC tienen una presencia continua en los trabajos de críticos de la institución.

Esta descripción de las Conferencias de la OMC que hemos pretendido realizar desde una perspectiva neutral, ha de ser enriquecida con las aportaciones contrapuestas de signos positivo y negativo que han realizado desde posiciones muy diferentes

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personas e instituciones de muy distinta concepción y de fuentes de información. Sin duda, una de las principales riquezas que se encuentra en ésta pléyade de trabajos es su variedad, que debe resaltarse por un observador imparcial.

Nos parece, en definitiva, que con sus más y sus menos, se justifica la afirmación de que en la OMC se realizan trabajos continuos cuyos resultados no suelen ser espectaculares ni posibles de precisar en fecha fija como son las de los períodos de celebración de las Conferencias. Posiblemente ni el ritmo de trabajo ni los temas que se incluyen en las Conferencias produzcan la satisfacción de todos los interesados pero, como siempre se ha dicho, la cooperación es por sí misma lenta y más si se lleva a cabo entre muchos más países de los que inauguraron la regulación de las políticas comerciales de esta manera. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

1. Documentos relevantes sobre las Conferencias de la OMC disponibles en las páginas web de la organización (www.wto.org) en los tres idiomas de trabajo.

- Conferencia de Singapur (9-13 Dic. 1996): WT/MIN (96)/DEC - Conferencia de Ginebra (18-20 May 1998): Declaración ministerial de

20 de mayo de 1998. - Conferencia de Seattle (30 Nov. 3 Dic 1999): Carpeta de prensa publicada el 28 noviembre 1999. - Resúmenes de las reuniones. - Conferencia de Doha (10-14 Nov 2001): WT/MIN (01)/DEC/1 - Conferencia de Cancún (10-14 Sep 2003): proyecto de texto de

declaración ministerial. - Comunicación Ministerial: WT/MIN (03)/DEC/20

- Conferencia de Hong-Kong (13-18 Dic 2005): WT/MIN (05)/DEC 2. OBRAS:

- CARREAU, D; JUILLARD, P.: (2005, 2 Ed.):”Droit International Économique” Dalloz.

- HOEKMAN, B; KOSTECKI, M.: (2001, 1 Ed.): “The Political Economy of the World Trading System” Oxford University Press.

- McGOVERN, E: “International Trade Regulation” Globefield Press. Obra en páginas moviles de actualización continua.

- MACRORY, P; APPLETON, A; PLUMMER, M.: (2005): “ The World Trade Organization: Legal, Economic and Political Analysis”. Springer.

- MATSUSHITA, M; SCHOENBAUM, T; MAVROIDIS, P.:(2003):“The World Trade Organization: Law, Practice and Policy”, Oxford University Press.

- STEWART, T.: (1993): “The GATT Uruguay Round: A Negotiating History”, Kluwer.

- TREBILCOCK, M; HOWSE, R; (1999 2 Ed.): “ The Regulation of International Trade”, Routledge.

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ORGANIGRAMA DE LA OMC

Fuente: OMC Informe Anual 2005

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CUADRO 1

RESUMEN DE LAS PRINCIPALES CUESTIONES CONSIDERADAS EN LAS CONFERENCIAS DE SINGAPUR Y GINEBRA (La abreviatura PAR se refiere a los de la Declaración Ministerial)

SINGAPUR (1996) GINEBRA (1998)

1) Objetivos de la reunión

Evaluar Ejecución acuerdos R.Uruguay Pasar Revista Negociaciones en curso Examinar evolución comercio mundial Hacer frente desafíos economía mundial

1) Declaración sobre OMC Celebración 50 años GATT (PAR1) Reafirmación sus objetivos (PAR2)

2) Papel de la OMC Sistema Multilateral de Comercio (PAR2) Contribución a mayor crecimiento (PAR3) Compromiso Comercio más libre (PAR6)

2) Problemas financieros Compromiso mantener mercados abiertos (PAR3)

3) Países en desarrollo y menos adelantados

Necesidad integración países en d. y trato diferenciado y más favorable (PAR13)

Problemas específicos P.M.A. Creación Plan de Acción (PAR14)

3) Mejora del sistema Aumento Transparencia (PAR4)

4) Temas “tradicionales” OMC

Sistema Solución de Diferencias (PAR9) Aplicación del Acuerdo OMC (PAR10) Notificaciones: su funcionamiento (PAR11) Problemas Transposición a normas (PAR12) Comercio Productos Textiles (PAR15) Servicios (PAR17) Acuerdos Regionales (PAR8)

4) Países en desarrollo y menos

adelantados

Necesidad aplicar trato diferenciado(PAR5) Cooperación para poner en marcha plan de acción (PAR6)

5) Otros temas considerados en OMC

Comercio y medio ambiente (PAR16) Comercio y normas laborales (PAR4)

5) Aplicación de los Acuerdos Reafirmar compromiso cumplimiento (PAR8) Evaluación problemas encontrados

6) Compromisos Liberalización Servicios (PAR14) Comercio productos TIC (PAR18)

6) Programa de trabajo (PAR9) Recomendaciones aplicación Acuerdo Recomendaciones sobre posibles trabajos futuros Recomendaciones para organización 3ª Conferencia

7) Programa Trabajo Cumplir compromisos en tiempo Posibilidad establecer negociaciones No se prejuzga forma (PAR19)

8) Nuevos Temas conocidos como “Temas de Singapur”

Relación comercio e inversión Interacción comercio y política competencia (PAR20) Transparencia en prácticas contratación pública Simplificación procedimientos comercio (PAR21)

Fuente: Elaboración propia.

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CUADRO 2

CUESTIONES TRATADAS DESDE LA CONFERENCIA DE DOHA HASTA LA DE HONG KONG

DOHA (2001) CANCUN (2003) HONG KONG (2005)

1) Declaraciones generales

Mantenimiento sistema multilateral Comercio y alivio pobreza Países menos adelantados OMC como foro elaboración normas comerciales Declaración sobre cooperación instituciones Bretton Woods

Desarrollo sostenible Reglamentación Nacional comercio servicios Normas laborales Transparencia interna

No existió declaración oficial. Sí un proyecto de declaración en que se hacía balance de los trabajos derivados del programa de Doha.

Reafirmación declaración Doha.

2) Programa de trabajo

Cuestiones relativas a aplicación (PAR12) Agricultura (PAR13,14) Servicios (PAR15) Acceso mercados productos no agr. (PAR16) ADPIC (PAR17-19) Comercio e inversiones (PAR 20-22) Comercio y política competencia (PAR 23-25) Contratación pública (PAR26) Facilitación comercio (PAR27) Medidas Antidumping y subvenciones (PAR28) Acuerdos comerciales regionales (PAR29) Solución diferencias (PAR30) Comercio y medio ambiente (PAR 31-33) Comercio electrónico (PAR35) Comercio, Deuda y Finanzas (PAR36) Comercio y Transferencia Tecnología (PAR37) Cooperación técnica (PAR 38-41) Países menos adelantados (PAR42-43) Trato especial y diferenciado (PAR44)

Agricultura (PAR4-10) Algodón (PAR11) Acceso mercado productos no agr. (PAR13-23) Servicios (PAR25-27) Normas (Antidumping, …) (PAR28) ADPIC (PAR 29) Medio ambiente (PAR 30-32) Facilitación Comercio (PAR33) Solución Diferencias (PAR34) Trato especial y diferenciado (PAR35-38) Aplicación (PAR39) Salud Pública y ADPIC (PAR 40) Pequeñas economías (PAR41) Comercio, Deuda y Finanzas (PAR 42) Comercio y transferencia de tecnología (PAR43) Comercio electrónico (PAR46) Países menos adelantados (PAR47) Marco integrado (PAR48) Cooperación técnica (PAR52-54) Productos básicos (PAR55) Coherencia (PAR 56) Ayuda para el comercio (PAR57)

Fuente: Elaboración propia.